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El karma del sistema de habilitación

lun. 6 mayo 2019

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La Presidente de la Federación Odontológica Colombiana critica el sistema de habilitación, que describe como un proceso ambiguo que afecta negativamente el ejercicio profesional.

  REFLEXIONES DESDE COLOMBIA  

En el marco de las disposiciones que regulan el sistema de garantía de calidad en el sistema de seguridad social en salud en Colombia, el Ministerio de Salud y de la Protección Social ha establecido requisitos de habilitación para los prestadores de servicios de salud.

Desde el punto de vista de los gremios, es lamentable el enfoque dado, ya que estos requisitos parten de un supuesto equivocado, empezando por la exigencia a los odontólogos en su consulta o clínica particular en términos similares o mayores a los requisitos exigidos en infraestructura y funcionamiento a centros de prestación de servicios de mediana y alta complejidad.

Las condiciones de accesibilidad para personas en condiciones de discapacidad deben ser garantizados por el Estado para los servicios de salud y para todos los sectores de la población, pero la carga que genera la adopción de requisitos de infraestructura no debe ser asumida por profesionales liberales e independientes como los odontólogos. Estas condiciones, como rampas, baños adaptados, ascensores y demás requerimientos, no son garantía de una óptima atención, ya que se necesita un entrenamiento especializado para atender con calidad y oportunidad cualquier riesgo conducente por efectos de la atención.

"Quienes están debidamente cumpliendo con la ley son blanco de sanciones, mientras que la informalidad y el empirismo reinan campantes ante los ojos de las autoridades".

La seguridad del paciente no solo radica en el acondicionamiento de las áreas de atención, sino en la competencia del profesional en el momento que se presenten eventos adversos.

En otras palabras, el acceso debe ser obligatorio para todos los prestadores públicos y para las instituciones prestadoras de servicios de salud que pertenezcan a entidades promotoras y no para independientes y pequeñas IPS, quienes tienen derecho a evaluar su agenda y su capacidad de respuesta para determinar el número de pacientes que se pueden atender.

Los requisitos resultan muchas veces inoficiosos y hay requisitos que son interpretativos y que al no cumplirlos no afectarían el sistema de garantía de calidad ni se pondría en riesgo la vida del paciente, pero estas muchas veces absurdas exigencias sí afectan gravemente el patrimonio y el derecho al trabajo, atentan contra el derecho de propiedad y derechos adquiridos.

En consecuencia, las normas de habilitación han causado graves pérdidas patrimoniales y arriesgan de forma contundente la prestación del ejercicio liberal.

Dentro de los requisitos, por citar una de las condiciones, son las guías de práctica clínica las que deberían ser proporcionadas por el ministerio y que no han expedido, y otros requisitos que al no ser claros conducen a la interpretación bajo la órbita de las autoridades del control de salud.

Uno de los graves problemas de esta norma es carecer de un manual del verificador que regularía de forma contundente las obligaciones que corresponden a las secretarías y direcciones territoriales, ya que son los organismos llamados a aplicar los requerimientos de forma objetiva, sin confusión, de manera pedagógica, amable y que no afecte el debido proceso.

Una visita de habilitación debe ser ante todo un aporte para la sociedad y no una directriz contradictoria, discrecional e impenetrable que imposibilita la acción inmediata para garantizar el derecho de la contradicción y la defensa.

La norma de habilitación debe enfocarse en la calidad, en buscar alternativas para motivar el emprendimiento y en combatir la enfermedad bucodental, cuyos resultados en la encuesta nacional de salud bucal (ENSAB IV) deja en entredicho la pobre gestión del estado.

Esta norma debe fomentar ante todo la legalidad, y no la informalidad, ya que absurdamente quienes están debidamente cumpliendo con la ley son blanco de sanciones, lo cual ha generado la deserción del ejercicio profesional, mientras que la informalidad y el empirismo reinan campantes ante los ojos de las autoridades.

Resulta imperativo que en la futura actualización de la norma se haga de forma integral y específica, diferenciada para odontólogos, y es fundamental que el gobierno atienda de forma fehaciente las recomendaciones que desde hace poco más de un año se están construyendo desde la mesa de análisis de la norma liderada por la Federacion Odontológica Colombiana.

El gobierno debe atender el clamor de la profesión, que se hace por intermedio de los gremios, ya que éstos tienen en su haber la investigación permanente y la consideración de mejores prácticas en el ejercicio de la odontología. Es imperativo que se replanteen las condiciones procesales para atender las visitas de verificación, y que el estado otorgue verdaderas y oportunas garantías de defensa. A su vez, se deben permitir decisiones transformadoras y proactivas en salud oral y ejercicio profesional de la odontología en Colombia para fomentar los buenos hábitos y la excelencia en la competencia.

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La doctora María Fernanda Atuesta es Presidente de la Federación Odontológica Colombiana.

 

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